El Parlamento Europeo ha aprobado un acuerdo provisional para simplificar las obligaciones de información en sostenibilidad y diligencia debida, redefiniendo umbrales, plazos y requisitos con un impacto directo en las pymes industriales.
Aprobación del acuerdo Ómnibus I
El Parlamento Europeo ha dado luz verde a un acuerdo provisional, alcanzado con los Estados miembros, para actualizar las normas de información en sostenibilidad y diligencia debida de las empresas, en el marco del paquete de simplificación normativa Ómnibus I. El objetivo es reducir la carga administrativa y reforzar la competitividad del tejido empresarial europeo, tras un periodo de elevada incertidumbre regulatoria.
Nuevos umbrales para los informes de sostenibilidad
El acuerdo limita de forma significativa el número de empresas obligadas a presentar informes de sostenibilidad. Solo deberán reportar las grandes empresas con más de 1.000 empleados y una facturación anual neta superior a 450 millones de euros, así como determinadas empresas de terceros países con actividad relevante en la UE. Esta modificación reduce de manera sustancial el alcance de la normativa y deja fuera a la mayoría de las pymes, incluidas las industriales.
Además, se establece expresamente que las empresas de menor tamaño no podrán verse obligadas a asumir responsabilidades de información trasladadas por grandes compañías, más allá de los marcos voluntarios existentes.
Diligencia debida restringida a empresas de muy gran tamaño
Las obligaciones de diligencia debida también se concentran en un número reducido de compañías. Solo estarán sujetas aquellas con más de 5.000 empleados y un volumen de negocio superior a 1.500 millones de euros, incluidas multinacionales con ingresos equivalentes en el mercado europeo. El enfoque se basa en la identificación de riesgos, evitando exigencias desproporcionadas en la cadena de valor.
Eliminación de obligaciones y mayor flexibilidad
El texto aprobado elimina la obligatoriedad de los planes de transición climática, lo que supone un alivio adicional en términos de cargas administrativas. Asimismo, se concede mayor margen a los Estados miembros en la definición del régimen sancionador, manteniéndose como referencia multas de hasta el 3 % del volumen de negocios mundial neto en caso de incumplimiento.
Calendario de aplicación y transposición nacional
La directiva entrará en vigor veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Las normas de diligencia debida se aplicarán a partir de julio de 2029, ampliando los plazos de adaptación para las empresas afectadas. Un aspecto clave será la transposición nacional, especialmente en España, donde deberán concretarse los umbrales, el calendario y el régimen sancionador.
Impacto para las pymes industriales
Este acuerdo supone una reducción significativa de las cargas administrativas para las pymes industriales, que quedan fuera de las principales obligaciones de información y diligencia debida. El nuevo marco busca ofrecer mayor seguridad jurídica y permitir que las empresas de menor tamaño concentren sus recursos en mejorar su competitividad, sin renunciar a avanzar en sostenibilidad de forma voluntaria y estratégica.
Referencias
PARLAMENTO EUROPEO. Nota de prensa (17/12/2025)