Argentina restablece cupo arancelario para máquinas de coser domésticas

18 de marzo de 2025

La Comisión de Comercio del MERCOSUR ha permitido a Argentina restablecer un contingente arancelario temporal para la importación de máquinas de coser.

  • ítem arancelario: 8452.10.00  – Máquinas de coser domésticas, de costura recta y zigzag, puntada invisible y de ribetear ojales, peso superior a 4 kg., provistas de motor eléctrico de potencia superior a 35 W y velocidad de trabajo superior a 500 r.p.m., alimentado eléctricamente por una fuente externa.
  • Derecho de importación temporal del 2%. El arancel de importación aplicable fuera del cupo es del 20%.
  • Límite cuantitativo: El nuevo derecho se aplicará a un cupo de 80.000 unidades.
  • Alcance: Los contingentes arancelarios otorgados se aplican a países fuera del MERCOSUR.
  • Plazo: La Directiva 26/25 sólo se aplica en Argentina por un período de 365 días y debería entrar en vigor antes del 12 de abril de 2025.
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