Brasil establece metas de reciclaje de plástico para importadores

7 de diciembre de 2025

Brasil establece un sistema de logística reversa para envases de plástico que abarca todo el ciclo de vida del producto y responsabiliza a fabricantes, importadores, distribuidores y comerciantes.

El Decreto Nº 12.688, del 21 de octubre de 2025 fue notificado al Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC como una medida relacionada con productos plásticos y sus artículos (código HS 39), y su objetivo y justificación incluyen requisitos de calidad.

El Decreto establece metas cuantitativas mínimas que deben cumplirse anualmente. Se establecen porcentajes mínimos nacionales de contenido reciclado a incorporar en los envases de plástico. Estas metas son obligatorias a partir de enero de 2026 para grandes empresas y julio de 2026 para pequeñas y medianas empresas.

Los aspectos clave regulados por los documentos son los siguientes:

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Alcance

El sistema abarca todo el ciclo de vida del producto y es responsabilidad de los fabricantes, importadores, distribuidores y comerciantes. La regulación se aplica a los envases primarios, secundarios y terciarios, así como a los productos de plástico equiparables (como platos, vasos y cubiertos contenidos en la fracción seca de los residuos sólidos urbanos).

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Modelos de Operación y Obligaciones

Se contemplan dos modelos de operación para el sistema de logística reversa:

  • Modelo Individual: Implementado y operacionalizado directamente por la empresa.
  • Modelo Colectivo: Estructurado y gestionado por una entidad gestora habilitada por el Ministerio del Medio Ambiente y Cambio Climático.
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Obligaciones para todos los agentes
  • Fabricantes e importadores: Deben cumplir la meta de contenido reciclado, priorizar la contratación de cooperativas de recolectores, y garantizar la reutilización o el reciclaje de los envases retornados.
  • Distribuidores y Comerciantes: Tienen la obligación de orientar a los consumidores sobre la devolución de envases, instalar y mantener puntos de entrega voluntaria (PEVs) (en el caso de los comerciantes), y encaminar los envases retornables y no retornables a sus respectivos ciclos de reciclaje.
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Obligaciones del Importador en Brasil

Las obligaciones impuestas a los importadores de envases de plástico o de productos comercializados en dichos envases deben cumplirse como requisito de conformidad para la importación y comercialización de los productos o envases referidos en Brasil.

Las obligaciones clave incluyen:

  • Estructurar, implementar y operacionalizar un sistema de logística reversa (ya sea individual o colectivo).
  • Declarar el cumplimiento de la meta de contenido reciclado en los envases.
  • Las importaciones realizadas por aquellos importadores que no integren una entidad gestora (modelo colectivo) estarán condicionadas a la comprobación previa del cumplimiento de la meta relacionada con el contenido mínimo reciclado incorporado a los envases de plástico.
  • Mantener actualizada la información sobre la masa de envases vendida en el Sistema Nacional de Informaciones sobre la Gestión de los Residuos Sólidos (Sinir) o en el sistema black box, según el modelo de operación elegido.

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Aunque la responsabilidad legal recae en el importador, la necesidad de que los productos y envases cumplan con los requisitos de calidad y las metas de contenido reciclado brasileñas es una condición sine qua non para que el cliente pueda importar y comercializar los bienes de conformidad con el Decreto.

Recursos

DECRETO Nº 12.688, DE 21 DE OUTUBRO DE 2025. Regulamenta o art. 32, § 1º, e o art. 33, § 1º, da Lei nº 12.305, de 2 de agosto de 2010, e institui o sistema de logística reversa de embalagens de plástico.

https://www2.camara.leg.br/legin/fed/decret/2025/decreto-12688-21-outubro-2025-798174-publicacaooriginal-176787-pe.html

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