Desde el 12 de junio es obligatorio para grandes empresas y entidades públicas calcular y publicar su huella de carbono, así como a elaborar planes de reducción de emisiones. Esta medida del Real Decreto 214/2025 supone un cambio normativo clave con efectos directos en sostenibilidad, visibilidad corporativa y contratación pública.
El Real Decreto 214/2025 sustituye al anterior RD 163/2014 y responde al mandato de la Ley 7/2021 de cambio climático y transición energética. Establece un régimen obligatorio que refuerza el papel del registro estatal como instrumento para la reducción de emisiones, el impulso de proyectos de absorción de CO₂ y el cumplimiento de los compromisos climáticos de España.
Las nuevas obligaciones alcanzan a:
Las empresas afectadas deberán:
El Registro de Huella de Carbono consta de tres secciones:
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La inscripción es voluntaria para las empresas, pero obligatoria para las entidades públicas a partir de 2026.
Las empresas que se inscriban podrán obtener tres tipos de sellos oficiales, otorgados por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico:
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Estos distintivos mejoran la visibilidad ambiental de la empresa y pueden reforzar su posicionamiento ante clientes, administraciones y otros grupos de interés.
La huella de carbono podrá convertirse en un criterio de valoración en licitaciones públicas.
Los órganos de contratación estarán facultados para exigir acreditaciones en sostenibilidad mediante el registro oficial o certificados equivalentes. Esto abre una ventaja competitiva para las empresas que integren la sostenibilidad en sus operaciones.