Decreto anticrisis: medidas de energía, inversión e internacionalización

22 de marzo de 2026

El Real Decreto-ley 7/2026 aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, el cual incluye diversas medidas diseñadas específicamente para proteger la competitividad de la industria española, fomentar su descarbonización y mitigar el impacto de la anulación de ferias.

A continuación, se detallan las principales medidas que pueden beneficiar a las empresas industriales:

Medidas de Flexibilidad y Reducción de Costes Energéticos
  • Flexibilización de contratos de gas y electricidad: Hasta el 31 de diciembre de 2026, las empresas podrán modificar sus potencias contratadas o caudales diarios de gas (y en el caso del gas, incluso suspender temporalmente el contrato) sin incurrir en los costes adicionales que normalmente se derivan de estas modificaciones. Esto permite adaptar los costes a las variaciones en la producción.
  • Reducción de peajes para la industria electrointensiva: Se establece una reducción del 80% en la factura eléctrica correspondiente a los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución para los consumidores con certificado de electrointensivo durante todo el año 2026.
  • Canon de almacenamiento de gas cero: Se establece un canon de almacenamiento subterráneo de gas de cero euros para la capacidad contratada que supere los 20 días de consumo o ventas firmes, aliviando el coste de cumplir con las obligaciones de llenado estratégico.
  • Reducción del Impuesto Especial sobre la Electricidad: El tipo impositivo se reduce del 5,11% al 0,5% hasta el 30 de junio de 2026. Para usos industriales, el nivel mínimo de imposición se fija en 0,5 euros por megavatio-hora.
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Impulso a la Inversión y Proyectos Estratégicos
  • Proyectos Estratégicos de Inversión: Se crea esta figura para identificar y acelerar iniciativas empresariales de gran impacto en la reindustrialización y transición ecológica. Estos proyectos tendrán tramitación administrativa preferente, reducción de plazos a la mitad y prioridad en el acceso y conexión a las redes eléctricas.
  • Comité de Inversiones Estratégicas: Se establece este órgano para priorizar y apoyar proyectos que refuercen la autonomía estratégica y la seguridad económica de España.
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Apoyo a la Descarbonización y Compensaciones
  • Fondo para el Impulso de la Descarbonización Industrial (FIDI): El antiguo fondo para electrointensivos se transforma en el FIDI para apoyar la inversión en tecnologías industriales de bajas emisiones, principalmente mediante contratos por diferencia de carbono. Estos contratos garantizan un precio de referencia del carbono, haciendo viables inversiones que actualmente tienen mayores costes operativos que los procesos convencionales.
  • Compensación de costes indirectos de CO₂: Se aprueba un suplemento de crédito de 300 millones de euros para financiar ayudas destinadas a sectores industriales con riesgo de fuga de carbono (como el siderúrgico, refino, aluminio, zinc, papelero y química inorgánica) que se ven afectados por el precio de la electricidad derivado del mercado del gas.
  • Programa Auto+: Incluye ayudas para que las empresas adquieran vehículos eléctricos y electrificados, facilitando la descarbonización de sus flotas de transporte.
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Incentivos Fiscales y Financieros
  • Libertad de amortización en Sociedades: Se permite la amortización libre (hasta un máximo de 500.000 euros) para inversiones en instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica y térmica de fuentes renovables que sustituyan sistemas de combustibles fósiles. También se aplica a vehículos nuevos cero emisiones y nuevas infraestructuras de recarga de uso profesional.
  • Suspensión de causa de disolución por pérdidas: Para el ejercicio 2026, no se computarán las pérdidas de los años 2020 y 2021 a efectos de la causa de disolución de sociedades de capital, permitiendo que empresas industriales viables con dificultades temporales sigan operando.
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Medidas específicas para exportadores

Devolución de cuotas ICEX: Si una empresa industrial tenía prevista su participación en ferias comerciales internacionales convocadas por ICEX que hayan sido canceladas por el conflicto, podrá solicitar la devolución de las cuotas pagadas y ayudas por gastos no recuperables.

¿Quién puede pedir la devolución?

Hay tres supuestos:

  • Empresas que hayan pagado cuotas para participar en ferias u otras actividades de promoción internacional convocadas por ICEX que hayan sido canceladas como consecuencia de la guerra de Irán (desde el 28 de febrero de 2026). En este caso la devolución es directa, sin necesidad de justificación adicional.
  • Empresas que hayan pagado su cuota para una actividad que no ha sido cancelada, pero que no pueden asistir porque el transporte en el que iban a desplazarse ha sido cancelado. En este caso sí se requiere solicitud justificada por parte de la empresa.
  • Empresas que participaban a través de entidades colaboradoras de ICEX (asociaciones sectoriales, cámaras de comercio, etc.) y han incurrido en gastos no recuperables por la cancelación. En este caso la ayuda puede canalizarse tanto a la empresa participante como a la propia entidad colaboradora.

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La devolución cubre
las cuotas de participación abonadas. El decreto no menciona explícitamente otros gastos asociados (vuelos, hoteles, stands), por lo que en principio la devolución se limita a las cuotas pagadas a ICEX o a sus entidades colaboradoras.

 

Es importante destacar que las empresas que se beneficien de las ayudas directas de este real decreto-ley están sujetas a la prohibición de despedir por causas derivadas de la crisis actual hasta el 30 de junio de 2026; de lo contrario, deberán reintegrar las ayudas recibidas.

Recursos

Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio.

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-6544

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