Estados Unidos y la Unión Europea alcanzan un acuerdo para evitar una escalada arancelaria, fijando un arancel general del 15 % con excepciones clave y compromisos de inversión.
El 27 de julio de 2025, Estados Unidos y la Unión Europea anunciaron un acuerdo comercial que pone fin a meses de tensiones arancelarias por el que ambas partes pactan aplicar un arancel del 15 % a la mayoría de los productos importados de la UE.
Según la Orden Ejecutiva del 31 de agosto de la Casa Blanca:
«The additional duties provided for in this order shall take effect at 12:01 a.m. eastern daylight time on the seventh day after the date of this order.»
Esto significa que los nuevos aranceles recíprocos entran en vigor a las 12:01 a.m. hora del este el séptimo día después de la firma de la orden, que corresponde al 7 de agosto de 2025.
Se espera una declaración conjunta a finales de esta semana o principios de la próxima que aclare los detalles sectoriales y posibles retroactividades.
Hasta el jueves 31 de julio de 2025, la Comisión y Estados Unidos seguían trabajando para ultimar una declaración conjunta, que serviría para aclarar cómo se aplicaría el acuerdo político alcanzado. Esta declaración sería un documento político no vinculante, destinado a detallar el funcionamiento del acuerdo político.
Repasamos la información que se tiene hasta el momento:
Estados Unidos aplicará un arancel del 15 % sobre la mayoría de productos europeos, incluidos vehículos y autopartes (que hasta ahora tenían un 25%), con excepción de los sectores contemplados en la cláusula “zero-for-zero”.
El nuevo arancel del 15 % no se acumula sobre los aranceles preexistentes. Es un nuevo nivel sustituto que aplica sobre la mayoría de productos importados desde la Unión Europea.
La CE dice al respecto:
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La Orden Ejecutiva de la Casa Blanca del 31 de julio dice:
Si el arancel del producto es menor al 15%, se sube hasta que el total sea 15%.
Si es 15% o mayor, no se impone arancel adicional.
Según la Orden Ejecutiva de la Casa Blanca del 31 de julio:
Solo las mercancías que hayan sido cargadas en un buque y ya estén en tránsito en ese modo final antes de las 12:01 a.m. EDT, 7 días después de la fecha de la orden (es decir, antes del 7 de agosto de 2025), y que se despachen para consumo antes del 5 de octubre de 2025, no estarán sujetas a los nuevos aranceles adicionales, sino a los aranceles que estaban vigentes bajo la orden anterior.
Si la mercancía no cumple esas condiciones (por ejemplo, fue embarcada más tarde, no está en modo marítimo, o se despacha después del 5 de octubre), sí aplica el nuevo arancel recíproco establecido.
Uno de los puntos más sensibles del acuerdo es la permanencia del arancel del 50 % sobre acero, aluminio y el cobre europeos, aplicado por EE. UU. en el marco de medidas unilaterales anteriores. La Fact Sheet confirma que estos productos quedan excluidos de cualquier reducción inmediata y que se evaluará “en el futuro” su posible sustitución por un sistema de cuotas.
Esta exclusión implica que los productos metalúrgicos europeos seguirán gravemente penalizados en el mercado estadounidense, a pesar del acuerdo general alcanzado.
Quedan expresamente excluidos del arancel los siguientes productos industriales:
Aeronaves civiles y componentes
Medicamentos genéricos
Productos químicos industriales seleccionados
Equipos de fabricación de semiconductores
Tecnologías médicas básicas
Sistemas de baterías de nueva generación
Según la Casa Blanca, la Unión Europea asume los siguientes compromisos económicos:
750.000 millones USD en compras de energía estadounidense hasta 2028, incluyendo GNL, petróleo y tecnología nuclear.
600.000 millones USD en inversiones industriales y estratégicas en EE. UU.
Adquisición de equipamiento militar estadounidense por parte de los Estados miembros.
Revisión y eliminación progresiva de barreras técnicas y regulatorias que afectan a exportaciones de EE. UU.