Europa restringirá la importación de componentes de acero

17 de abril de 2026

A partir del 1 de julio de 2026, la UE impondrá un arancel del 50% al acero que supere las cuotas libres de derechos en 30 categorías de productos, exigiendo además certificar el país original de fusión y colada para evitar fraudes en el origen.

La Comisión Europea ha presentado una iniciativa legislativa para proteger la industria siderúrgica europea frente al exceso de capacidad mundial de acero. Esta nueva normativa establece contingentes arancelarios para treinta categorías específicas de productos. Una vez superado dicho cupo, se aplicará un arancel del 50%. El plan también introduce requisitos de trazabilidad para garantizar la transparencia en el origen de los materiales. Estas medidas sustituirán a las salvaguardias actuales a partir de julio de 2026.

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Mecanismo de Contingentes y Aranceles

Para los fabricantes de bienes de equipo, el sistema de funcionamiento es crítico para la planificación de costes:

  • Contingentes arancelarios libres de derechos: Se abrirán cuotas anuales para 30 categorías de productos de acero (incluyendo chapas, perfiles y tubos) que podrán importarse sin pagar aranceles adicionales.
  • Arancel fuera de contingente: Una vez agotado el volumen asignado a una categoría o país, se aplicará un derecho de aduana del 50% ad valorem. Este nivel es significativamente superior al 25% de la salvaguardia anterior para minimizar el riesgo de desvío comercial.
  • Gestión trimestral: Los contingentes se administrarán trimestralmente para evitar avalanchas de importaciones en periodos cortos. Los volúmenes no utilizados en un trimestre no se transferirán al siguiente.
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Nuevo requisito de «Fusión y Colada» (Melt and Pour)

Esta es la novedad administrativa más importante para los importadores:

  • Definición: El país de «fusión y colada» es el lugar original donde el acero se produjo inicialmente en estado líquido y se depositó en su estado sólido primario (lingotes, desbastes, etc.).
  • Obligación: Los importadores deberán presentar pruebas documentales (como certificados de fábrica) que demuestren el país de origen inicial del acero.
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Países exentos y Socios comerciales
  • Espacio Económico Europeo (EEE): Las importaciones de Islandia, Liechtenstein y Noruega están exentas de las cuotas y del arancel del 50%, aunque deberán cumplir igualmente con el requisito de informar sobre el lugar de «fusión y colada».
  • Ucrania: Se tendrá en cuenta su situación de seguridad excepcional en la asignación de cuotas libres de derechos.
  • Países con acuerdos de libre comercio (ALC): Sus importaciones estarán sujetas a los contingentes, aunque la Comisión podrá negociar soluciones bilaterales o aplicar medidas de salvaguardia específicas.
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Impacto para los Fabricantes europeos de Bienes de Equipo

El informe técnico de la Comisión advierte de efectos que las empresas de maquinaria deben prever:

  • Costes de insumos: Se proyecta que las restricciones de importación provoquen un aumento en el precio del acero como insumo para otros sectores (estimado en un 3,25% en el escenario más restrictivo).
  • Producción y competitividad: Los modelos económicos indican que los sectores que no pueden sustituir fácilmente el acero importado por eurpeo, como la fabricación de maquinaria y vehículos, podrían experimentar ligeras disminuciones en su producción (-1,9% en algunos escenarios) debido al aumento de costes.
  • Disponibilidad de suministro: No obstante, el Reglamento permite a la Comisión ajustar los volúmenes de las cuotas mediante actos delegados si surgen problemas graves de disponibilidad de suministro en categorías específicas.
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Categorías de productos de acero

Las 30 categorías de productos de acero sujetas a la nueva medida de la UE se detallan en el Anexo I y II del Reglamento propuesto. A continuación, se resumen estas categorías, agrupadas por su tipología principal:

  • Productos Planos de Acero al Carbono y Aleados: Comprende chapas y flejes (laminados en caliente y frío), chapas magnéticas, chapas con revestimiento metálico u orgánico, productos de hojalata y chapas cuarto (placas gruesas).
  • Productos Planos de Acero Inoxidable: Incluye chapas y flejes (laminados en caliente y frío) y chapas cuarto de acero inoxidable.
  • Productos Largos (Perfiles, Barras y Alambrón): Abarca perfiles comerciales y ligeros, barras de refuerzo para hormigón, alambrón (sin alear, aleado e inoxidable), perfiles estructurales, tablestacas, material ferroviario, barras acabadas en frío y alambre.
  • Tubos y Perfiles Huecos: Comprende tubos de gas, perfiles huecos, tubos inoxidables sin soldadura y una amplia gama de otros tubos (soldados o sin soldadura), incluyendo los de gran tamaño.

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El Reglamento vincula cada una de estas 30 categorías a códigos NC específicos para determinar si están sujetas a los contingentes y al arancel del 50%.

Es importante revisar los códigos NC de los productos importados (listados en el Anexo I del Reglamento) y asegurar que sus proveedores externos pueden proporcionar la certificación de «fusión y colada» para evitar bloqueos en aduanas o el pago del arancel del 50% una vez agotadas las cuotas.

Recursos

Proposal for a REGULATION OF THE EUROPEAN PARLIAMENT AND OF THE COUNCIL addressing the negative trade-related effects of global overcapacity on the Union steel market

(Incluye el texto y los anexos)

https://ec.europa.eu/transparency/documents-register/detail?ref=COM(2025)726&lang=en

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