Ya está disponible el código de buenas prácticas para la IA de uso general, una herramienta voluntaria para que las empresas aseguren su cumplimiento con la Ley de IA de la UE.
El 10 de julio de 2025, la Comisión Europea recibió la versión final del Código de buenas prácticas para la IA de uso general. Este documento ha sido elaborado por trece expertos independientes con la participación de más de mil partes interesadas, incluidas pymes, proveedores de modelos, expertos en seguridad, titulares de derechos y organizaciones de la sociedad civil.
El objetivo del Código es ayudar a las empresas proveedoras de modelos de IA a cumplir con las disposiciones de la Ley de Inteligencia Artificial de la UE, que entrará en vigor el 2 de agosto de 2025. A partir de esa fecha, los nuevos modelos deberán cumplir estas normas, y los modelos existentes tendrán un plazo de dos años.
El Código se estructura en tres capítulos fundamentales que abordan aspectos clave del desarrollo y uso de modelos de IA de propósito general: transparencia, derechos de autor y seguridad. A continuación, se detallan las implicaciones y medidas previstas en cada uno de estos ámbitos.
El primer capítulo está orientado a garantizar que los modelos sean comprensibles para sus usuarios e integradores. Establece la obligación de documentar información clave sobre el funcionamiento del modelo, sus limitaciones, capacidades y posibles usos. Para ello, se incluye un formulario estándar que permite reunir esta información de forma sistemática y clara. Esta documentación debe mantenerse actualizada, conservar versiones anteriores durante al menos diez años, y estar disponible para las autoridades competentes y los proveedores downstream que la soliciten.
Además, se promueve que parte de esta información pueda ser divulgada públicamente para fomentar la confianza y permitir una integración responsable por parte de los desarrolladores de sistemas de IA que utilicen modelos de propósito general.
El segundo capítulo proporciona directrices específicas sobre el cumplimiento de la legislación de la UE en materia de propiedad intelectual. Establece medidas para garantizar que el uso de obras protegidas para entrenar modelos de IA respete los derechos de los titulares, en particular en lo relativo a la minería de datos. Las empresas deben implementar políticas internas claras sobre copyright, designar responsables para su cumplimiento y utilizar tecnologías que permitan identificar reservas de derechos expresadas por los titulares.
Se recomienda el uso de protocolos de exclusión como robots.txt y metadatos normalizados, así como la exclusión activa de sitios identificados como infractores sistemáticos de derechos de autor. Estas medidas deben ser proporcionales al tamaño de la organización, con especial atención a la situación de las pymes.
El tercer capítulo se dirige a proveedores de modelos que puedan representar riesgos sistémicos para la sociedad, la seguridad o los derechos fundamentales. Incluye orientaciones detalladas para evaluar esos riesgos a lo largo del ciclo de vida del modelo, desde su desarrollo inicial hasta su uso efectivo. Entre las prácticas recomendadas se encuentran:
la creación de marcos de gestión del riesgo con evaluaciones periódicas,
la implementación de medidas de mitigación adaptadas al tipo de amenaza,
el seguimiento de incidentes tras la puesta en el mercado,
y la colaboración con expertos, autoridades reguladoras y sociedad civil.
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También se contempla el uso de métodos avanzados para garantizar la ciberseguridad, la trazabilidad y la prevención de usos indebidos. Se prevén excepciones y vías simplificadas de cumplimiento para pequeñas y medianas empresas.
Aunque es una herramienta voluntaria, adherirse al Código ofrece ventajas tangibles a las empresas: menos carga administrativa y mayor seguridad jurídica en el cumplimiento de la Ley de IA. Para las organizaciones que desarrollan, integran o distribuyen modelos de IA en el mercado europeo, el Código representa una guía clara y colaborativa para operar conforme a la normativa.
La Comisión completará el Código con directrices específicas sobre los modelos de IA de uso general, que se publicarán antes de la entrada en vigor de las obligaciones.