El Parlamento Europeo ha aprobado posponer la aplicación de las nuevas normativas sobre diligencia debida e informes de sostenibilidad, concediendo más tiempo a empresas y Estados miembros para adaptarse a los requisitos legales.
Los Estados miembros dispondrán de un año adicional, hasta el 26 de julio de 2027, para transponer a su legislación nacional las nuevas normas sobre diligencia debida corporativa.
Este retraso se traslada a la primera y segunda ola de empresas obligadas a cumplir con la normativa, que verán pospuesta su entrada en vigor hasta 2028.
Empresas de la UE con más de 5.000 empleados y una facturación superior a 1.500 M€, así como empresas de fuera de la UE con ingresos por encima de este umbral en la UE.
Empresas de la UE con más de 3.000 empleados y facturación superior a 900 M€, y sus equivalentes extranjeras.
La Directiva sobre información de sostenibilidad (CSRD) también se retrasa dos años para la segunda y tercera ronda de empresas afectadas. Esto incluye:
Grandes empresas con más de 250 empleados, que deberán presentar por primera vez su información sobre medidas sociales y ambientales en 2028 (correspondientes al ejercicio 2027).
Pymes cotizadas, que tendrán un año adicional y deberán informar a partir de 2029.
→ Texto aprobado
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-10-2025-0064_ES.html
→ Directiva (UE) 2025/794 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de abril de 2025, por la que se modifican las Directivas (UE) 2022/2464 y (UE) 2024/1760 en lo que respecta a las fechas a partir de las cuales los Estados miembros deben aplicar determinados requisitos de presentación de información sobre sostenibilidad y de diligencia debida por parte de las empresas