El Real Decreto 1189/2025 introduce modificaciones en la normativa reguladora de la formación programada en las empresas y de determinadas subvenciones en el ámbito del empleo y la formación en el trabajo.
La norma entra en vigor el 1 de enero de 2026.
Las medidas recogidas en este real decreto afectan, entre otros, a:
El real decreto introduce modificaciones que inciden directamente en la operativa diaria de los departamentos de RR. HH. y formación, en particular en:
El límite de las bonificaciones que una empresa puede aplicarse en sus boletines de cotización a la Seguridad Social viene determinado por el crédito de formación asignado a cada entidad. Este crédito actúa como límite máximo: si las bonificaciones aplicadas superan dicho importe, la empresa deberá devolver parcialmente las cantidades excedidas.
Las empresas pueden aplicar las bonificaciones una vez comunicada la finalización de la formación. El plazo máximo para hacerlo finaliza con la liquidación de cuotas correspondiente al mes de diciembre del ejercicio en curso. En caso de cese de actividad antes de finalizar el año, el plazo se refiere al mes en que se haya producido dicho cese.