Modificación del marco de formación programada y ayudas al empleo

9 de enero de 2026

El Real Decreto 1189/2025 introduce modificaciones en la normativa reguladora de la formación programada en las empresas y de determinadas subvenciones en el ámbito del empleo y la formación en el trabajo.

Fechas

La norma entra en vigor el 1 de enero de 2026.

Beneficiarios

Las medidas recogidas en este real decreto afectan, entre otros, a: 

  • Empresas industriales que gestionan formación programada para sus personas trabajadoras. 
  • Departamentos de RR. HH. y formación responsables de la planificación, ejecución y justificación de acciones formativas bonificadas. 
  • Personas trabajadoras ocupadas del sector industrial que participan en acciones de formación. 
  • Personas desempleadas que acceden a acciones de formación en el trabajo, incluidos colectivos de atención prioritaria. 
Ámbitos

El real decreto introduce modificaciones que inciden directamente en la operativa diaria de los departamentos de RR. HH. y formación, en particular en: 

  • La aplicación y justificación de las bonificaciones por formación en las cotizaciones a la Seguridad Social. 
  • El seguimiento y control de las acciones formativas financiadas con fondos públicos. 
  • Las ayudas, becas y percepciones económicas vinculadas a la participación en acciones de formación en el trabajo. 
  • El funcionamiento transitorio de las Comisiones Paritarias Sectoriales, relevantes para la detección de necesidades formativas sectoriales. 
Cuantía

El límite de las bonificaciones que una empresa puede aplicarse en sus boletines de cotización a la Seguridad Social viene determinado por el crédito de formación asignado a cada entidad. Este crédito actúa como límite máximo: si las bonificaciones aplicadas superan dicho importe, la empresa deberá devolver parcialmente las cantidades excedidas. 

Las empresas pueden aplicar las bonificaciones una vez comunicada la finalización de la formación. El plazo máximo para hacerlo finaliza con la liquidación de cuotas correspondiente al mes de diciembre del ejercicio en curso. En caso de cese de actividad antes de finalizar el año, el plazo se refiere al mes en que se haya producido dicho cese.

Recursos